Cómo calcular mi finiquito correctamente

El finiquito son todas las prestaciones de ley que la empresa te debe al término de tu relación laboral de forma voluntaria, tales como el aguinaldo, vacaciones y prima vacacional, además de otras cuando son superiores a la ley, según la Ley Federal de Trabajo.

Aquí encontrarás fundamentos básicos de tu finiquito y los fundamentos de lo que recibes.

Antecedentes del finiquito

Hace tiempo tuve la experiencia de un trabajador que estaba indignado con la cantidad que se le iba a dar por haber renunciado. Se preguntaba una y otra vez por qué recibía tan poco. La finalidad de este artículo es que puedas comprender qué es lo que conforma el cálculo del finiquito.

Me he percatado, con pena, que muchos confunden lo que un trabajador debe de recibir cuando RENUNCIA (finiquito) y cuando lo LIQUIDAN. En ambos casos la empresa debe de pagar ciertos conceptos (salvo que hayas matado a alguien o te hayas puesto una borrachera milenaria dentro de la oficina). Sin embargo es importante diferenciar entre un finiquito y una liquidación, pues en el vaivén de sucesos que ocurren al término de la relación laboral, es fácil confundirse de ambos conceptos.

A continuación explicaré los tres conceptos básicos que TODA empresa debe seguir cuando alguien renuncia a su trabajo.

Conceptos que integran el finiquito

Vacaciones

Las vacaciones están sustentadas en la ley federal del trabajo y al final forman parte del finiquito. Exactamente en el artículo 76.

Prima vacacional:

Esto es algo así como un dinerito que le dan al trabajador para disfrutar de sus vacaciones. EXTRA a su salario normal. Pueden ver su fundamento en el artículo 80 de la ley federal del trabajo.

Este nunca deberá ser menor a 25%

Aguinaldo:

Esa hermosa y linda gratificación llamada aguinaldo que forma parte del finiquito y que hace girar al país en tiempos de navidad. Se debe entregar antes del 20 de diciembre y que por ley son 15 días. Puedes leer el artículo 87 de la Ley federal del trabajo para más información.

Partiendo de lo anterior, cuando TÚ decides renunciar, fueren las causas que fueren, solo tienes derecho a recibir las anteriormente citadas. ¿Cómo lo calculas? A eso vamos ;).

Pongamos un ejemplo fácil. Supongamos que el salario de un trabajador es de 100 pesos diarios (OJO, no es lo mismo el Salario Diario, que el Salario Diario Integrado).

Y supongamos también que un trabajador renuncia el 1 de abril de este año; 2012. Y entró al mismo el 1 de febrero del 2011. En donde se le pagó íntegramente su aguinaldo.

Su cálculo es así:

Aguinaldo:

Hacemos parte proporcional los 15 días por los que laboró el trabajador del primero de enero al primero de abril que son: 90 días.

15 días por 90 días entre los 366 días del año (2020 es bisiesto ;))

Por lo que nuestra parte proporcional son 3.6885. A esta cantidad la multiplicamos por los 100 pesos de nuestro salario diario. De este modo nos queda así.

3.6885 *   100 = $368.85 de Aguinaldo.

Vacaciones

Como ya es el segundo año que corre, toca de 8 días y suponiendo que ya se le pagó las primeras. El cálculo va así:

Calculamos la parte proporcional de 8 días. Es exactamente lo mismo que hicimos para el aguinaldo pero en lugar de que sean 15 días, son 8 y los días los contamos a partir del primero de febrero. Es decir. Multiplicamos los 8 días de vacaciones por los 60 (del primero de febrero al 31 de marzo) y a ese resultado lo dividimos entre los 366 días del año. Lo que nos arrojará 1.3114 días que se le pagará por concepto de vacaciones.

1.3114 *   100 = $131.14

En caso de que las vacaciones del primero año no se le hayan pagado, solo deberemos multiplicar los 100 pesos por los seis días. Oseas 600 pesos.

$600 +$131.14 = $731.14

Y eso es lo que le recibirías por concepto de vacaciones.

Prima vacacional

Seré honesto. Esto en realidad no debería de existir. ¿Prima vacacional? Solo los diputados y senadores se les ocurre inventar esto. A final de cuentas es un dinero extra que nos llega y no hay por qué hacerle el feo, ¿verdad? Sobre todo cuando forma parte de nuestro finiquito. =D!!

Aquí la cosa es simple. Es el 25% de las vacaciones pagadas. No hay más.

Si para el segundo año fueron $131.14 su 25% son $32.78. No hay más.

Hagamos el cálculo suponiendo que la empresa tuvo la delicadeza de pagarles a sus empleados sus primeras vacaciones. Por lo que la suma quedaría así.

Aguinaldo: $368.85 + Vacaciones: $131.14 + Prima Vacacional: $32.78

Total de finiquito: $532.78

¿Las utilidades forman parte del finiquito?

Sí, siempre y cuando no te las hayan pagado en su respectivo tiempo y si la empresa arrojó utilidades. Estas se conforman de las que tiene por derecho un trabajador de planta cuando labora más de 60 días. Sin embargo, en este sentido suele haber mucha confusión, ya que muchos trabajadores exigen, en el momento de su renuncia que se les dé esta prestación, pero recordemos que las utilidades se dan hasta pasada la declaración anual.

En el siguiente vídeo te explicamos cómo calcular tu finiquito

Finiquito, cómo pedirlo y conclusiones

Como verás, no es una cantidad significativa, puesto que las renuncias voluntarias liberan de toda responsabilidad al patrón de las indemnizaciones que sí se dan en los casos de liquidación. Como los 90 días (3 meses) de salario a partir del primer año laborado, o los 20 días por cada año de antigüedad.

Tal vez te preguntes, ¿Por qué si hago este cálculo, en otras páginas y programas me sale otro resultado al que tengo en mi finiquito? Hay factores que influyen en las renuncias voluntarias. Desde los días que se toman en el año, pues algunas empresas y programas prefieren hacer partes proporcionales de 360 días que de los 365 días. Además, toma en cuenta que en muchos trabajos existen cajas de ahorro, vales de despensa y un sinfín de chucherías que a las empresas les gusta dar.

Considera también que a esa cantidad de tu finiquito aun falta de restarle los impuestos que le carguen (aunque esto raramente se da, ya que existen reglas dependiendo del monto de lo pagado y que por ahora no nos meteremos en camisa de once varas X_X)

No te dejes engañar por falsos abogados o contadores chafas que te prometen un sinfín de dinero. Siempre es bueno investigar en varios lugares antes de demandar a una empresa por cosas que no son fundamentadas.

Espero que el artículo te haya servido y te de un panorama más amplio de lo que puedes recibir en tu finiquito si renuncias solo porque la tipa de a un lado te hace gestos malos.